CONTRATO DE ALQUILER DE HABITACIÓN

En , a de de

R E U N I D O S

DE UNA PARTE: Don ALBERTO MARTINEZ ROMAO, representante legal de la mercantil "GESTORA DE RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS MARVAO, S.A.", provista de C.I.F. A82979717 y domicilio en la C/ Guazalate Nº 26 de Villaviciosa de Odón (Madrid), en adelante LA RESIDENCIA.

DE OTRA: D./Dª. , mayor de edad, provisto/a de N.I.F con domicilio sito en la Calle/Plaza/Avenida , de ( ), en adelante EL RESIDENTE.

 

E X P O N E N

PRIMERO: Que la mercantil "GESTORA DE RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS MARVAO, S.A." se dedica entre otras cosas, a la gestión de residencias para estudiantes, así como a su acondicionamiento y mantenimiento, teniendo encomendada la gestión de la Residencia denominada LOS ARCOS.

SEGUNDO: Que D./Dª . está interesada en el uso y disfrute de una de las habitaciones de las que dispone la Residencia Los Arcos, sita en la Calle Guazalate de Villaviciosa de Odón (Madrid).

TERCERO: Que ambas partes están interesadas en celebrar el presente Contrato y lo llevan a efecto con arreglo a las siguientes

 

E S T I P U L A C I O N E S

Primera: Objeto del contrato

La Residencia Los Arcos, cede el uso y disfrute de la habitación (número: ) en arrendamiento a D/.Dª , como cuerpo cierto, quien la acepta y recibe en este acto. Por su parte la Residencia se compromete a alojar a D./Dª. durante el período de vigencia del presente contrato.

La habitación cuyo uso y disfrute se cede es de uso individual, está dotada de baño, con ducha, lavabo e inodoro; la superficie aproximada es de 12,5 metros cuadrados, (está amueblada con cama de 0,90 metros; mesilla de noche, mesa y silla de estudio, armario empotrado, y posee climatización. Así mismo, la habitación cuenta con ropa de cama y baño, así como cortinas en las ventanas/miradores/balcones.

D./Dª. ,declara recibir la habitación y sus accesorios en perfectas condiciones de habitabilidad y uso.

 

Segunda: Plazo de arrendamiento

El presente contrato de arrendamiento se pacta por una duración comenzando el día y terminando el día

Finalizada la relación, es decir, el día , la parte arrendataria deberá entregar las llaves y con ellas la posesión de la habitación, desalojado de personas y enseres, salvo los dado con la misma que deberán ser reintegrados a la arrendadora en las condiciones en las que fue entregado por la arrendadora.

 

Tercera: Precio de arrendamiento

Como precio de este arrendamiento se pacta la cantidad de euros, que se pagará mediante pagarés fechados, según la forma de pago elegida, (1, 2, 3, ó 9), que la Residencia recibirá en este acto de parte de la arrendataria.

Dicha cantidad se verá incrementada con el 7% de IVA.

La devolución de un solo pagaré facultará a la parte arrendadora, para formular demanda de resolución del presente contrato por falta de pago, sin aviso ni requerimiento alguno.

El impago de un solo pagaré dará lugar al desahucio de la arrendataria. Si la arrendadora hubiere de promover acción de desahucio por falta de pago de la renta, la parte arrendataria vendrá obligada a abonar todas las costas judiciales a que dé lugar tal procedimiento, inclusión hecha de los honorarios de letrado y procurador, aunque su intervención no fuere preceptiva, lo que se pacta como cláusula penal de prevaloración de daños y perjuicios.

 

Cuarta: Destino y ocupación de la habitación arrendada

La vivienda objeto de este arrendamiento está destinado exclusivamente al uso y disfrute de la parte arrendataria, quedándo totalmente prohibida la utilización por más personas o por persona distinta a la titular de este contrato.

La arrendataria no podrá ceder ni subarrendar el inmueble objeto de este contrato, ni total ni parcialmente, sin que medio consentimiento escrito de la arrendadora.

 

Quinta: Fianza

La parte arrendataria, cuando hizo la reserva oportuna de la habitación entregó a la arrendadora una fianza de euros.

En el caso de que se produzca la renuncia a la habitación antes de que finalice el plazo de terminación del presente contrato, sin que exista causa de fuerza mayor, o no se llegase a hacer uso de la misma, se perderá la fianza así como los pagarés entregados. Unicamente en caso de causar baja en la universidad CEES, y demostrarlo, le será devuelta la mitad de las cantidades pendientes de cobro.

En el caso de que el residente cause daños a los bienes de la Residencia por acción u omisión interviniendo culpa o negligencia, se asignará estas cantidades reseñadas así como las que le fueran reclamadas en su caso, a la reparación de los perjuicios causados.

De no concurrir ninguna de las circunstancias expresadas en los párrafos anteriores, así como las contempladas en las normas de funcionamiento, se devolverán las cantidades reseñadas una vez finalizado el período de adjudicación.

En todos los casos en que sea procedente la devolución de la fianza, se realizará al mes siguientes al de la terminación de la relación, siempre y cuando la habitación estuviera en buen estado y no fuera preciso ninguna reparación.

 

Sexta: Derechos y obligaciones del residente

El pago de las mensualidades dará derecho al residente:

a) Alojamiento en régimen de pensión completa durante la duración del presente contrato.
b) Servicio de limpieza de habitación semanal, que incluye cambio de sábanas y toallas.
c) Servicio de lavado y planchado de la ropa del residente.
d) Utilización y disfrute de las zonas comunes (sala de TV, jardines, instalaciones deportivas, áreas de estudios, parking...)
e) Servicio de conserjería y vigilancia.
f) Servicio de recepción de correo y mensajería.

El residente se obliga a:

a) Respetar y cumplir las normas de estancia, funcionamiento y convivencia de la Residencia y acatar el Régimen Disciplinario del centro (del cual recibe copia).
b) Abonar en el tiempo establecido el importe fijado como alojamiento.
c) Respetar al resto de residentes y/o personas que se encuentren en la Residencia.
d) Respetar las horas de la noche en cuanto a los ruidos.
e) Mantener y conservar el estado de limpieza de la habitación y de sus muebles.

 

Séptima: Modificaciones

El Residente arrendataria recibe la habitación en buen estado de conservación, y se compromete devolverla, junto con el mobiliario que se arrienda con la misma, al concluir el contrato, en el mismo estado.

La arrendataria no podrá realizar, sin consentimiento escrito de la arrendadora, cambios ni modificaciones en la habitación arrendada. Si el arrendador permitiera la realización de obra por parte del arrendatario, éstas quedarán, al finalizar el contrato, en beneficio de la finca, sin que el arrendatario pueda exigir indemnización alguna al respecto.

 

Octava: Reglas de uso y solidaridad

El Residente habrá de observar, en cuanto al uso y disfrute de la habitación y de las zonas comunes del inmueble de que forma parte, las normas estatutarias por las que se rija la Residencia, y otras que se establezcan para el adecuado uso de los servicios y el funcionamiento de las instalaciones de la Residencia.

 

Novena: Resolución del contrato

Cualquier incumplimiento de lo establecido en este convenio dará lugar a su resolución, pudiendo la Residencia, según la gravedad de la infracción y su trascendencia, dar por terminada la relación, debiendo el residente abandonar su habitación en el plazo máximo de 48 horas desde que se le comunique tal decisión, desalojada de todo tipo de enseres y útiles salvo los que fueron en su día entregados con la habitación.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra.

LA RESIDENCIA
EL RESIDENTE